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Acuerdo del Pueblo Kawésqar para la conservación del Territorio Ancestral

Resultado del proceso de Consulta Indígena al Pueblo Kawésqar - 2017

Para fortalecer los derechos de los Pueblos indígenas, el Estado de Chile en el año 2008 ratificó el convenio 169 Sobre los Pueblos indígenas y Grupos Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (IOT), demostrando de esta manera el compromiso por el respeto y promoción de los derechos de los Pueblos indígenas que habitan en el territorio nacional.


Esta instancia se llevó a cabo por única vez en Magallanes entre julio-ortubre de 2017 de manera exclusiva para hablar del patrimonio natural y la conservación del territorio Kawésqar en una de las unidades o áreas silvestres protegidas, conocida hasta entonces como Reserva Nacional Alacalufes. Lo acordado por todas las comunidades indígenas participantes, representa a la opinión y determinación del Pueblo Originario Kawésqar en su conjunto y a continuación se presentan las 12 medidas del proceso (consultivo-resolutivo) ante el Estado:


1.- Incorporación de las aguas fluviales, estuarinas, lacustres, marinas interiores y exteriores adyacentes al futuro Parque Nacional, bajo la categoría de "Área marina costera protegida de múltiples usos" lo cual permita actividades de recolección, pesca y caza de pequeña escala para usos comunitarios, culturales y de subsistencia. 


2.- Creación del Plan de Manejodel Parque Nacional Kawésqar, el cual contemple los objetivos y actividades permitidas  y no permitidas. Entre las NO permitidas en el AMCP-MU  estarían el turismo masivo, la pesca y acuicultura industrial intensiva de especies exóticas introducidas en aguas regionales, minería y prospección minera e hidrocarburos, entre otras. Por su parte se permitirían el turismo de base comunitaria, de intereses especiales, etnoturismo, pesca y caza de subsistencia, pesca artesanal de pequeña escala, recolección de recursos bentónicos y de especies vegetales (junquillo y ciprés para usos tradicionales) y acuicultura de pequeña escala de carácter comunitario que contemple sólo especies nativas.


3.- Se solicita la participación del Pueblo Kawésqar en la Administración y/o co-administración del futuro Parque Nacional y AMCP-MU a través de un Consejo indígena Kawésqar consultivo y resolutivo que funcione permanentemente desde la creación. 


4.- Cambio de nombre del área protegida, pues somos pueblo originario Kawésqar, no alacalufe.


5.- Levantar estudios del territorio ancestral del Pueblo Kawésqar, con profesionales que trabajen en conjunto con los conocedores del territorio marítimo y terrestre. 


6.- Levantamiento de una línea base sobre el estado de poblaciones de aves y mamíferos marinos existentes en el territorio marino-costero del territorio del P. Kawésqar. 


7.- Financiamiento estatal a lo menos por 10 años de un plan de desarrollo sustentable del Parque Nacional Kawésqar, que permita trabajar mejor la consulta del plan de manejo del futuro Parque Nacional Kawésqar. 


8.- Que la investigación científica sea realizada con autorización del Pueblo, que no de lugar a patentes o apropiaciones indebidas de conocimiento, germoplasma, semillas o principios activos de plantas, de especies vegetales o animales, incluso de origen humano. Toda expedición o estudio debe ser autorizado por el Pueblo Kawésqar, debe darse cuenta de los resultados y deben integrar indígenas que acompañen y supervigilen a las misiones que lleguen al territorio. 


9.- Que el área protegida no sea excusa para que se usurpen diseños, artesanía y propiedad intelectual sobre relatos de ancestros, música, vestimenta, religión y cultura en general. Estos elementos nuestros, no son de empresas y/o personas no indígenas. Nadie debiera aprovecharse, usarlos o lucrar sin permiso debido del Pueblo Kawésqar. 


10.- Incluir la participación del Pueblo Kawésqar a través de Consulta Indígena, de todas las áreas silvestres protegidas que se encuentran dentro el territorio Kawésqar. 


11.- Que se nos reconozca el disfrute, den libre acceso y control de los lugares sagrados del área protegida, de uso religioso o de significación histórica (cementerios, cavernas, lugares con pinturas rupestres, conchales, entre otros) así como a los lugares y recursos que son propios del ejercicio de la medicina y prácticas de salud consuetudinarias propias del Pueblo Kawésqar. 


12.- Que se resguarde la propiedad intelectual de los conocimientos sobre el manejo de la biodiversidad, conocimientos culturales sobre astros, medicina, etc. Que no sean otros quienes los usurpen, patenten, disfruten, logren financiamiento público o privado y lucren con la cultura ancestral del Pueblo Kawésqar. 


En enero del año 2019 se publicó en el Diario Oficial la creación del Parque Nacional Kawésqar, y se creó también la Reserva Nacional Kawésqar,  para proteger el mar. Pero a la fecha no se trabajan las medidas del Pueblo Kawésqar sobre Plan de manejo y Gobernanza.

Francisco González

10 de julio de 2020, 07:00:00

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